Poner en marcha un plan de adaptación tecnológica al teletrabajo (rediseño de aplicaciones, acceso a escritorios remoto, adquisición de equipos informáticos polivalentes, etc.).
Regular, en un plazo de 6 meses, la jornada flexible en sus distintas modalidades, dando seguridad jurídica al personal al conocer los criterios para optar a ella.
Dar autonomía a los responsables de personal en centros y servicios para la adecuación de la jornada, siempre dentro del marco normativo general.
Flexibilizar el disfrute de los días de asuntos particulares, permitiendo que puedan tomarse por horas de acuerdo con las necesidades de los servicios.
Negociar un plan piloto de la semana laboral de 4 días para analizar su viabilidad y extensión a otras unidades organizativas, respetando el número de horas de trabajo por semana y garantizando que los servicios se presten de lunes a viernes.
Regular, en un plazo de 6 meses, el teletrabajo en la UGR, de acuerdo con el artículo 47 bis del EBEP, como vehículo para ofrecer un servicio público de excelencia.
Determinar con criterios objetivos los puestos que sean susceptibles de incorporar el teletrabajo en la RPT.
Definir el procedimiento para acceder al teletrabajo, fijando reglas específicas para adaptar la jornada de trabajo a las particularidades de la prestación de servicios a distancia.